Actualiza el SAT información sobre comprobantes digitales fiscales

La medida entrará en vigor el 1 de enero del año próximo; en su página electrónica publica anteproyecto de reglas de operación para el uso de la factura electrónica.

La semana anterior se informó sobre el nuevo diseño de la página del Sistema de Administración Tributaria (SAT), donde de acuerdo con expertos y usuarios de la misma había imprecisiones, particularmente sobre lo que será la modalidad de comprobantes digitales fiscales (CDF) que entrará en vigor el próximo 1 de enero de 2011. Este viernes, el SAT volvió a cambiar su página agregándole información sobre esta nueva disposición.

Esto con la intensión de completar lo que ha estado incompleto para quienes tendrán que estar trabajando con los CDF (contadores, contribuyentes, proveedores autorizados, etc.) y que todavía el viernes señalaban que “no sabemos cómo van a ser las reglas, y hay varias cosas qué determinar y saber”.

En un comunicado de prensa, el SAT reitera que “a partir del 1 de enero de 2011, inicia el cambio, de manera paulatina, al uso generalizado de la facturación electrónica; que se amplían los mecanismos para emisión de comprobantes para todos los contribuyentes; que los contribuyentes pueden optar desde ahora por el esquema de facturación electrónica; que los actuales comprobantes fiscales impresos podrán seguir utilizándose hasta vencerse, sin importar el monto que amparen; se prevé que los contribuyentes con ingresos iguales o menores a 4 millones de pesos puedan seguir expidiendo comprobantes impresos, sin importar el monto que amparen”.

Por su parte, en entrevista, Adriana Flores Garza, administradora local de Servicios al Contribuyente del SAT en Cuernavaca, hizo un exhorto a los contribuyentes para que saquen su firma electrónica avanzada antes de que termine el año y se eviten aglomeraciones, porque para entrar a esta nueva disposición de comprobantes digitales es fundamental contar con esta firma “y ahorita no hay mucha gente”. Para tales efectos, señaló que hay que acudir directamente a las oficinas del SAT con acta de nacimiento y un medio informático (CD o USB) en un horario de servicio de 9 a 17 horas.

 

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