Ordena TEPJF al INE suprimir requisito burocrático a candidatos independientes

Es un exceso que el candidato sea quien tenga que capturar los datos de los ciudadanos cuyas firmas recaben, porque para eso está la autoridad administrativa electoral, señala magistrada.

Derivado de un medio de impugnación que presentó un candidato independiente para evitar capturar los datos de los ciudadanos que apoyen su candidatura, en una base de datos que el Instituto Nacional Electoral (INE) puso como requisito, la  Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al Consejo General del INE suprimir  dicho  requisito.

Mediante un comunicado oficial, el Pleno consideró fundado el medio de impugnación presentado por Manuel Jesús Clouthier Carrillo, aspirante a candidato independiente a diputado federal por el principio de mayoría relativa para el distrito 05 electoral federal en Sinaloa.

La magistrada y los magistrados establecieron que dicho requisito resulta una carga irrazonable, excesiva y desproporcionada que afecta el derecho político del actor a  ser votado, ya que le transfiere una responsabilidad que le corresponde a la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores.

En este contexto, la magistrada Alanís Figueroa anunció su voto a favor del proyecto por tres razones fundamentales: 1) porque propone revocar la exigencia de captura de la base de datos, toda vez que es un exceso que sea el candidato quien tenga que hacerlo, para eso está la autoridad administrativa electoral, 2) confirma el sentido de la validez del acompañamiento de las fotocopias de las credenciales de elector, por ser conforme al criterio establecido por la SCJN, anunció voto razonado; y 3)  por considerar que no se presenta desventaja el sumar los gastos de esta etapa con los gastos de campaña.

 

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