SAT reitera obligación del pago del IDE para contribuyentes que tienen cuentas bancarias

Aún cuando la cuenta esté en ceros, mientras haya habido un depósito mayor a 15 mil pesos durante el mes están obligados a pagar el 3 por ciento.

La administradora local de servicios al contribuyente del Sistema de Administración Tributaria (SAT) Cuernavaca, María Yolanda Domínguez Beltrán, recordó que mensualmente las instituciones bancarias dan cuenta de los depósitos en efectivo o con cheques de caja, que realizan los contribuyentes por más de 15 mil pesos al mes en una o más cuentas al mismo nombre, resaltando que aun cuando el contribuyente saque de manera inmediata el recurso y deje la cuenta en ceros, “está obligado a pagar el tres por ciento que se fijó en la Ley de Impuestos por Depósitos en Efectivo (IDE)”.

Estos depósitos, advirtió la funcionaria, “mayores a 15 mil pesos mensuales causan este impuesto, que comenzó con el dos por ciento y ahora es del tres; y las diferentes instituciones bancarias tienen que realizar el entero (reporte) cada mes, aun cuando existen contribuyentes que sacan inmediatamente el depósito creyendo que con eso se deja de generar ese IDE. El banco tiene un sistema que diariamente reporta al SAT la recaudación y si por alguna situación el banco no pudo retener ese tres por ciento y la cuenta se deja en ceros todo el mes, entonces Hacienda a través de los SAT locales que hay en todo el país envía el requerimiento correspondiente al contribuyente para que pague”.

Domínguez Beltrán señaló que “en el caso de Morelos la gente conoce de su obligación y acude directamente a las oficinas para que les den una ficha para el pago, el cual tienen 20 días para solventarlo y que no les cause un recargo adicional por no pagar a tiempo”.

Recordó que ese impuesto “en realidad no lo pierde el contribuyente ya que al hacer sus declaraciones mensuales del Impuesto Sobre la Renta (ISR), puede acreditar esa retención del tres por ciento, y en caso de que salga con saldo a favor, puede compensarse con las declaraciones del IETU o del IVA”.

Por su parte, señaló que los bancos tienen diez días para informar al SAT sobre la falta de fondos de alguna cuenta a la cual no se le pudo recaudar ese tres por ciento, para que de ahí el SAT pueda enviar el requerimiento correspondiente al contribuyente. Los depósitos que no causan este IDE son transferencias electrónicas y traspasos de cuenta y títulos de crédito, finalizó la funcionaria del SAT.

 

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