La notificación de créditos fiscales (Parte 2)

La semana antepasada, empecé a comentarles de un tema muy interesante relativo a las “notificaciones”, por lo que en esta semana terminaré de platicarles lo más relevante que debemos saber como contribuyentes. Entre las cosas que comentamos fue que  la notificación es el acto por el cual la autoridad hacendaria da a conocer formalmente una situación o hecho relacionado con sus obligaciones fiscales. Su objetivo es dejar constancia por escrito de la entrega del oficio, solicitud, requerimiento, resolución, o cualquier otro documento relacionado a sus obligaciones fiscales.

Una vez que hemos recibido la notificación, es importante verificar sus características y requisitos. Entre los aspectos que tenemos que revisar son los siguientes.

1.- Debe señalar la autoridad que lo emite. Por ejemplo:

Administración Local de Auditoría Fiscal.

Administración Local de Servicios al Contribuyente.

Administración de la Aduana

2.- Debe contener lugar y fecha de emisión.

3.- Estar fundado y motivado, expresar el objeto o propósito de que se trate. Por ejemplo en la parte de Asunto puede decir: “Se determina el crédito fiscal que se indica.”

4.- Debe estar firmado por el funcionario competente.

5.- Debe contener el nombre de la persona a la que va dirigido.

6.- Cuando se trate de una resolución determinativa de un crédito fiscal, en ella encontrará lo siguientes datos principales:

Las irregularidades encontradas, así como el fundamento legal.

La determinación del crédito fiscal, detallado en su caso por Contribuciones, actualización, recargos, y multas.

Las Condiciones de Pago, en esta parte se le dan a conocer las facilidades de pago que tiene (Reducciones de multas) si paga dentro de los 45 días siguientes a la notificación del crédito.

 

Es importante el cumplimiento de estos requisitos, ya que de no estar presentes, la notificación no tendrá validez, es decir no cumple con los requisitos legales para ser considerado. Una vez que usted esté enterado de su asunto deberá recurrir a su asesor fiscal y  podrá tomar decisiones oportunas y correctas.

Author’s Posts