La nueva consejera Jurídica de la Presidencia, Luisa María Alcalde, participó por primera vez en la conferencia presidencial para explicar la solicitud de Estados Unidos sobre la detención provisional con fines de extradición del gobernador con licencia de Sinaloa, Rubén Rocha, y otras nueve personas.
Durante su intervención, se detalló que este tipo de solicitudes difiere de una extradición formal.
En el caso de una extradición completa, el trámite se realiza por vía diplomática y debe incluir el delito imputado, una relación de los hechos, las leyes aplicables, las penas correspondientes, pruebas que sugieran la probable responsabilidad, así como una orden de aprehensión certificada, datos de identificación y la traducción oficial de los documentos.
En contraste, la detención provisional con fines de extradición se utiliza en situaciones urgentes, cuando existe riesgo de fuga o de interferencia en el proceso.
En estos casos, el país solicitante puede pedir la detención antes de presentar la solicitud formal, siempre que aporte elementos que justifiquen la urgencia. A partir de esta solicitud, se abre un plazo de 60 días para presentar la petición formal de extradición.
Se aclaró que la Corte de Nueva York no solicitó una extradición formal, sino una detención provisional, la cual requiere pruebas que sustenten su carácter urgente.
Sin embargo, la Fiscalía General de la República determinó que no se aportaron elementos suficientes para acreditar dicha urgencia.
Por ello, consideró que la solicitud no está debidamente fundamentada y recomendó pedir al Tribunal del Distrito Sur de Nueva York información adicional antes de proceder.
También se destacó que los procesos de extradición deben manejarse con confidencialidad para proteger el debido proceso y la presunción de inocencia, conforme a estándares internacionales.
No obstante, en este caso, se señaló que dicha confidencialidad fue vulnerada, lo que derivó en una exposición mediática anticipada y en juicios públicos sobre las personas involucradas.
Entre las conclusiones, se indicó que la Fiscalía no ha emitido juicios sobre la existencia de delitos ni sobre la procedencia de la detención provisional.
Asimismo, reiteró la necesidad de que el país solicitante proporcione pruebas que justifiquen la urgencia y solicitó que se respete la confidencialidad del proceso para garantizar un desarrollo legal adecuado.