Determinan que es anticonstitucional que el órgano electoral de Morelos pueda suspender anuncios en radio y televisión. El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la facultad del consejo Estatal Electoral de Morelos para ordenar la suspensión de la transmisión de spots “ofensivos” en radio o televisión de los partidos políticos durante sus precampañas y campañas político-electorales, toda vez que esto es facultad exclusiva del Instituto Federal Electoral (IFE).