La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció que, en los casos de expropiación, el Estado está obligado a pagar una indemnización justa y con base en el valor comercial de la propiedad. Al resolver el amparo directo en revisión 3050/2020, determinó que cuando el Estado realice una expropiación y calcule la indemnización del bien conforme al valor catastral o fiscal, transgrede de manera directa la garantía de indemnización justa a que se refiere el artículo 21 de la Convenció...