El acceso a la seguridad social no puede limitarse sólo a ciertos familiares según el parentesco tradicional, establece la Corte. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que no sólo las personas con “parentesco tradicional” pueden acceder a una pensión por el fallecimiento de un trabajador, sino también aquellas que proporcionaron cuidados y afecto. Al resolver el amparo directo en revisión 3320/2025, el Pleno de la Corte reconoció que las relaciones familiares son diversas y el acceso a la...