Así lo determinó la Suprema Corte; el bloqueo es un acto de autoridad que implica una restricción indebida al derecho de acceso a la información. Los servidores públicos no deberán bloquear en sus cuentas de redes sociales a ciudadanos o periodistas que realicen críticas a sus labor, fue el criterio adoptado por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al resolver el amparo en revisión 1005/2018. En una sentencia inédita, la Segunda Sala ordenó al fiscal general de Veracruz, Jorg...