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Con un decreto buscan salvar a los partidos opuestos a paridad de género

El Congreso emitió un decreto aclaratorio, para que sólo en regidurías las listas de aspirantes deban repartirse al 50% entre hombres y mujeres.

El Congreso del Estado emitió un decreto aclaratorio para especificar la correcta aplicación de la paridad de género y que los partidos políticos no están obligados a garantizar este principio en la fórmula a presidentes municipales y síndicos, tal y como se señala claramente en el Código de Procedimientos Electorales y Participación Ciudadana del Estado de Morelos.

Con lo anterior, los diputados locales le señalaron a los consejeros estatales del Instituto Morelense de Procedimientos Electorales y Participación Ciudadana (IMPEPAC) del "exceso" en el que incurrieron, al emitir un acuerdo para obligar a los institutos políticos a garantizar paridad de género en las fórmulas municipales, sin estar sustentado en el código estatal ni en la ley federal en la materia.

La presidenta de la Mesa Directiva del Congreso del Estado, Lucía Meza Guzmán, explicó que este decreto surgió a solicitud de los dirigentes de partidos políticos, quienes pidieron al Congreso aclarar lo que legislaron el 11 de junio del 2014, cuando fue aprobado el Código de Procedimientos Electorales y Participación Ciudadana.

"Se siguen excediendo en todo lo que respecta a la paridad, insistimos, ningún acuerdo puede estar por encima de la ley", declaró la diputada Meza Guzmán.

En el decreto aprobado por unanimidad se señala lo que sucedió en la sesión ordinaria del 11 de junio, en la que sí se discutió la posibilidad de establecer paridad de género también para la distribución de candidaturas municipales, sin embargo la propuesta no fue aprobada y esta obligación sólo se enmarca para regidurías, al igual que en diputaciones locales y federales.

Para lo anterior, se enmarcó el artículo 180 del Código Electoral que señala lo siguiente:

"Con el objeto de garantizar la equidad de género, la lista de regidores alternará las fórmulas de distinto género hasta agotar la lista correspondiente”.

De este decreto se notificará a partidos políticos y al IMPEPAC.

Sin embargo, al haberse judicializado dicho acuerdo, primero en el Tribunal Estatal Electoral, que respaldó lo acordado por los consejeros electorales; y segundo, en el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, que será el que defina dicha controversia, en un recurso de revisión constitucional que impulsaron los institutos políticos.

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