SCJN valida disposiciones de ley del seguro social 


SCJN valida disposiciones de ley del seguro social 


En materia de pensiones

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que son válidas las cuotas y aportaciones para las pensiones de cesantía en edad avanzada y vejez conforme a la Ley del Seguro Social vigente.
La Segunda Sala de la SCJN confirmó la constitucionalidad de la Ley del Seguro Social vigente, en lo relativo a las cuotas y aportaciones para las pensiones de cesantía en edad avanzada y vejez.
Estableció que en la ley vigente, el gobierno federal aumentó el monto de la pensión garantizada que se otorga al trabajador o trabajadora que, cumpliendo con los requisitos para gozar de las prestaciones por cesantía en edad avanzada y vejez, no cuenta con los recursos acumulados en su cuenta individual para tener una pensión digna.
Para tal fin, se previó un mecanismo progresivo de cotización patronal que establece los topes mínimo y máximo del salario base de cotización. En el supuesto de que el monto inferior (en salarios mínimos) se llegara a situar por encima del límite superior (en unidad de medida de actualización), debe estarse a lo más favorable para los asegurados.

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