Ya hay bases para que alcaldías otorguen pensiones

La falta de normatividad impedía que trabajadores de Ayuntamientos en edad de jubilación obtuvieran la prestación.

Con su publicación en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” entraron en vigor las “Bases Generales para la Expedición de Pensiones de los Servidores Públicos del Estado de Morelos” expedidas por el Congreso local, con el fin de dar certeza jurídica a trabajadores de los ayuntamientos mientras los cabildos expiden su propias bases normativas.

Tras la reforma a Ley Orgánica Municipal del Estado de Morelos y la emisión de Ley de Prestaciones de Seguridad Social de las Instituciones Policiales y de Procuración de Justicia en enero de 2014, en las cuales el Congreso cedió a los municipios la responsabilidad de decidir y resolver sobre solicitudes de pensión y jubilación, los diputados determinaron emitir estos lineamientos.

La finalidad es que las Bases Generales para la Expedición de Pensiones de los Servidores Públicos del Estado de Morelos den certeza jurídica a los servidores públicos municipales y sirvan como marco de referencia para los cabildos y sus cuerpos técnicos para la creación de sus reglamentos.

Por lo pronto, los lineamientos fijados por el Poder Legislativo serán de observancia general y cumplimiento obligatorio en los 33 municipios del Estado para los procedimientos de recepción de solicitudes de pensión y de la documentación, trámite, revisión, análisis jurídico y elaboración de los acuerdos pensionatorios que validan el derecho a la retribución económica por cesantía en edad avanzada, retiro por invalidez, viudez u orfandad.

Según el artículo tercero transitorio del acuerdo por el cual se expidieron las bases generales, los ayuntamientos contarán con un término de hasta 90 días hábiles, contados a partir de este jueves, para que expidan sus reglamentos en materia de pensiones.

 

 

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