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Abogados exigen análisis imparcial de magistrados del TSJ

La semana anterior, la Barra de Abogados del Estado de Morelos llamó al Congreso a realizar una evaluación imparcial y sin tintes partidistas del desempeño jurisdiccional de los cinco magistrados  del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), susceptibles de ser ratificados por un segundo periodo de ocho años.

Ante el disenso entre diputados que ha impedido tomar una decisión sobre el tema, la agrupación de litigantes recordó a los diputados (mediante un comunicado de prensa) que se trata de un proceso de evaluación y ratificación, y no de designación de nuevos magistrados, por lo que los criterios de decisión deben fundarse en la revisión de la calidad del desempeño, la honorabilidad y la experiencia de cada uno de los juzgadores.

Pidió no permitir la injerencia de los partidos políticos ni la intromisión de los otros poderes del Estado o actores políticos en el proceso de evaluación de los magistrados, y que, de manera fundada, motivada, objetiva y razonable, el Congreso emita los dictámenes respecto a la ratificación de los juzgadores.

La Barra de Abogados también recalcó que los acuerdos parlamentarios deben partir de una evaluación personalizada e individualizada sobre la profesionalización, la honorabilidad y la diligencia de cada magistrado evaluado, para que, con base en estos parámetros, se defina la ratificación o no de cada uno de ellos.

En el comunicado enfatizó que “no compartimos el criterio de que la ratificación sea mediante acuerdos políticos, esta debe ser de manera objetiva e imparcial, no se trata de un nombramiento, sino de una evaluación en la que se valore la diligencia, la honorabilidad y la experiencia de cada magistrado”.

También la organización manifestó su rechazo a la iniciativa legislativa que pretende suprimir o desaparecer la Sala Auxiliar del Tribunal Superior de Justicia, “pues redundaría en perjuicio de todos los justiciables, ya que se provocaría un retraso en la impartición de justicia, trastocándose el principio Constitucional de una justicia pronta y expedita, como lo dicta el artículo 17 de la Carta Magna”.

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